Pedagogía musical aplicada a los niños
Elizabeth Álvarez Castro
Actas de Cabildo
Leticia Ontiveros Hernández
Mediante decreto publicado el 8 de abril de 1915, Culiacán se constituyó como Municipio después de un proceso que se hizo presente en las actas de Cabildo de hace cien años y que tuvo un inicio ya en la sesión del 1 de diciembre de 1914 cuando surgió una declaración reivindicatoria de la autoridad municipal que fue como un preámbulo dialéctico en contra del arbitrario funcionamiento de la figura de las Prefecturas del Distrito que durante el porfiriato habían ejercido una suerte de avasallamiento en perjuicio del concepto y realidad del Municipio Libre. Dicha declaración se produjo en los siguientes términos:
A moción del regidor, licenciado José Tames, declaran ante el Gobierno del Estado, dentro del orden legal, este Ayuntamiento absolutamente independiente de las demás autoridades que tomaban parte en sus asuntos, debiendo ser ésta la única que resuelva sus cuestiones, maneje sus fondos y realice el nombramiento de sus empleados, proclamando también que no tomará ninguna participación en los asuntos políticos de actualidad, pues su misión es concretamente velar por los intereses del pueblo, pero sí conservará las relaciones necesarias con los demás poderes, instando al Ejecutivo del Estado a que, si está de acuerdo con la presente iniciativa, se sirva manifestarlo dando una prueba de patriotismo al reconocer los derechos del pueblo, con la advertencia de que, una vez aprobada la presente por el Congreso del Estado, éste no tendrá más intervención en los asuntos municipales que la aprobación de sus presupuestos y que, en caso de que no se deje en completa libertad de acción a este Ayuntamiento, tenga por aceptadas las renuncias de los miembros que lo conforman y que aprueban la presente instancia.
En la sesión del 29 de marzo de 1915 el acta consignó el siguiente texto: Para cumplir con la resolución del Supremo Gobierno, de suprimir definitivamente la figura de las prefecturas de Distrito, convocan a elecciones para regidores propietarios y suplentes de este Ayuntamiento, las cuales se verificarán el primer domingo de mayo próximo, con objeto de que los concejales electos tomen posesión de sus cargos el siguiente domingo a esa fecha.
El 6 de abril se asentó en actas una relación de histórica relevancia en el sentido de que:
Alfredo F. Esquerra, en su carácter de primer regidor en funciones, como presidente municipal interino, informa que asumió las atribuciones que anteriormente tenía el prefecto de Distrito, todo esto en cumplimiento de lo mandado por el Decreto número 14, expedido por el primer jefe de la Revolución, Venustiano Carranza, el cual anula el sistema de prefecturas.
La secuela de la caída del usurpador Victoriano Huerta tuvo redundancias en las actas de Cabildo, según se aprecia en el siguiente texto correspondiente a la segunda sesión, enero de 1915.
Queda pendiente de discusión secundar en todas sus partes el Decreto Municipal número 1, emitido por el Ayuntamiento de Mazatlán el 19 de diciembre pasado, de acuerdo con el Decreto número 2 del 24 de abril de 1913, expedido por el primer jefe del Ejército Constitucionalista, el cual desconoce todas las disposiciones y actos emanados por aquel Municipio durante el periodo comprendido del 20 de marzo de 1913 al 9 de agosto de 1914, por considerar una traición del general Victoriano Huerta - contra la voluntad nacional – el asesinato del presidente legítimo Francisco I. Madero y su vicepresidente, actos desconocidos por Venustiano Carranza, primer jefe del Ejército Constitucionalista, en representación de la inmensa mayoría de la nación y del ejército de su mando. Considerando que el verdadero representante desconoció los poderes que reconocieron al gobierno de Huerta, legal es también que el poder municipal siga el mismo camino y, por lo tanto, no debe aprobar todos aquellos actos o disposiciones sancionados durante el periodo aludido por ser nulo de pleno derecho, según el concepto de soberanía nacional que manifiesta el artículo 39 de nuestra Constitución General.